Este recurso es para informarle de dos opciones de préstamos para las organizaciones sin fines de lucro e iglesias, proporcionados por la Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica contra el Coronavirus (CARES Act), que firmó el Presidente Trump el 27 de marzo de 2020. Aunque nunca animamos a los ministerios a solicitar un préstamo innecesario, estas provisiones están disponibles para las iglesias que han experimentado una disminución severa de donaciones y están luchando para mantener sus obligaciones financieras. CEP recomienda que los pastores y líderes de ministerios se familiaricen con las dos opciones y, si es necesario, soliciten (uno o ambos) inmediatamente.
Programa de Protección de Pago (PPP)
El Programa de Protección de Pago proporciona a las organizaciones sin fines de lucro 501(c)(3) préstamos 100% respaldados por el gobierno federal, hasta $10 millones, para cubrir los costos de la nómina durante el período del 15 de febrero hasta el 30 de junio del 2020. Los fondos también pueden ser utilizados para pagar el interés de hipotecas, la renta, o utilidades. Los solicitantes deben tener menos de 500 empleados para aplicar, y los empleadores que mantienen el empleo entre el 1 de marzo y 30 de junio del 2020, son elegibles para tener su préstamo PPP perdonado.
El proceso de aplicación comienza el 3 de abril del 2020, y los fondos son lEl proceso de aplicación comienza el 3 de abril del 2020, y los fondos son limitados. A partir del 10 de abril, los contratistas independientes y trabajadores por cuenta propia también pueden solicitar y recibir préstamos de los prestamistas de SBA existentes para cubrir gastos específicos como la nómina. Si desea buscar fondos para su iglesia, debería de aplicar inmediatamente. Para más información, favor de referirse al Resumen de EFCA (en inglés) e Información del Departamento del Tesoro (en inglés). Para solicitar un préstamo PPP, haga clic aquí: Solicitud de PPP (tiene que ser entregada a un banco SBA calificado o cooperativa de crédito en su área)
Préstamo ante Desastres por Daños Económicos (EIDL)
A causa de la pandemia del COVID-19, las organizaciones sin fines de lucro 501(c)(3) son elegibles para solicitar un Préstamo ante Desastres por Daños Económicos (EIDL, por sus siglas en inglés), lo cual es pagado directamente por la Administración de Pequeñas Empresas (SBA, por sus siglas en inglés). Los solicitantes pueden pedir un avance de hasta $10,000, para ser distribuido en tres días (este avance de préstamo puede ser perdonable). Estos fondos se pueden utilizar para ausencia por enfermedad pagado, costos de nómina, la hipoteca, y más. Para solicitar un EIDL y para más información, haga clic aquí: Solicitud de EIDL (en inglés)
¡Estamos para servirle!
Durante la crisis del COVID-19, CEP se compromete a caminar junto con su iglesia mientras usted confía en el Señor y busca ser un administrador sabio. Si tiene preguntas, por favor llame o mande un correo electrónico a nuestro equipo al 800-851-3005 o helpdesk@cepnet.com. Nuestros consultantes del ministerio están colaborando con expertos financieros ¡y están listos para ayudarle!
Descargo de responsabilidad: Church Extension Plan no asume responsabilidad por los materiales o información proporcionados en los enlaces de estas organizaciones o el gobierno federal.