Cómo la Iglesia se Beneficia de las Provisiones de Impuestos de la Ley CARES

Mientras muchas organizaciones están solicitando préstamos para pequeñas empresas mediante la Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica contra el Coronavirus (CARES, por sus siglas en inglés), este paquete de estímulo también ha modificado ciertas políticas tributarias que afectan a las pequeñas empresas para asistirlas durante esta temporada de estrés financiero. Estas provisiones incluyen un crédito tributario de retención de empleados y el aplazamiento de pagos de impuestos sobre la nómina del empleador, los cuales están disponibles para apoyar a los empleadores que continúan pagando los salarios del personal durante la pandemia del COVID-19.

Favor de notar que los ministerios que obtienen fondos a través del Programa de Protección de Pago no son elegibles para recibir el crédito tributario de retención de empleados ni aplazar el pago de impuestos sobre la nómina del empleador.

Crédito Tributario de Retención de Empleados

Para ayudar a las iglesias y organizaciones sin fines de lucro a continuar pagando a sus empleados durante el 2020, el paquete de estímulo provee un crédito tributario de nómina totalmente reembolsable para el 50% de los salarios calificados pagados a los empleados por trimestre durante la crisis del COVID-19 (específicamente para los salarios pagados o incurridos desde el 13 de marzo del 2020, hasta el 31 de diciembre del 2020). El crédito está disponible para los primeros $10,000 de compensación (incluyendo algunos costos del seguro de salud) pagados a un empleado elegible. Por consiguiente, los empleadores pueden recibir un crédito tributario de nómina de hasta $5,000 por empleado.

Según el Servicio de Impuestos Internos (IRS), un empleador elegible “suspende parcial o totalmente la operación durante cualquier trimestre calendario en 2020 por órdenes de una autoridad gubernamental apropiada que limitan el comercio, viaje, o reuniones de grupo (para fines comerciales, sociales, religiosas, u otros) debido al COVID-19” o “experimenta una disminución significante de ingresos brutos durante el trimestre calendario.”

Entre otros factores, los salarios calificados también dependen del número total de empleados. Para empleadores con 100 o menos empleados de tiempo completo, todos los salarios califican para el crédito. Para empleadores con más de 100 empleados de tiempo completo, los salarios calificados se limitan a los pagados mientras los empleados no están proveyendo servicios, debido a una o ambas calificaciones del empleador mencionadas anteriormente.

Para más información, favor de referirse al siguiente enlace: Info del IRS sobre el Crédito de Retención de Empleados (en inglés)

Aplazamiento de Pagos de Impuestos sobre la Nómina del Empleador

A los empleadores e individuos que trabajan por cuenta propia, la Ley CARES también les proporciona con la opción de aplazar el pago de los impuestos sobre la nómina para los salarios pagados antes del 31 de diciembre del 2020. Esto se aplica a la porción del empleador del impuesto del Seguro Social. A diferencia del crédito tributario de retención de empleados, esta opción de aplazamiento está disponible para todos los empleadores, sin tener en cuenta el impacto que COVID-19 ha tenido en su empresa. Los que buscan esta oportunidad tendrán que reembolsar los pagos de impuestos en el transcurso de los siguientes dos años (la mitad para el 31 de diciembre, 2021; el resto para el 31 de diciembre, 2022).

Para más información, favor de referirse al siguiente enlace: Info del IRS sobre el Aplazamiento de Depósitos y Pagos Tributarios (en inglés)

Descargo de responsabilidad: Church Extension Plan no ofrece asesoramiento fiscal ni legal y no asume ninguna responsabilidad por los materiales e información proporcionados en los enlaces de esas organizaciones o el gobierno federal. Nada en el mensaje de arriba (o el adjunto abajo) puede ser invocado por un contribuyente para evitar sanciones fiscales.

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